
Tipos de IVA en España 2025
- Javier Rodríguez Pérez
- Iva
- 10 Jul, 2024
- Actualizado: 05 Jun, 2025
Entender bien los diferentes tipos de IVA que tenemos en España… es que es esencial. Sí, tanto si eres consumidor como si llevas un negocio. Este impuesto, que parece estar en todas partes, nos afecta en casi cada transacción comercial. Influye, y mucho, en los precios de lo que compramos y usamos cada día. En este artículo, vamos a desmenuzar los tipos de IVA –el general, el reducido y el superreducido– y te daremos algunas claves, algunas ideas, para que lo manejes de la forma más eficiente posible, ya sea en tu empresa o en tu vida normal. ¡Vamos a descubrir cómo!
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Tipos impositivos en el IVA de España 2024
Aquí en España, la cosa va de tres tipos principales de IVA: el general, el reducido y el superreducido. Cada uno, con su aquel, se aplica a diferentes categorías de productos y servicios. No es lo mismo para todo, no.
IVA General (21%)
El tipo general del IVA en España, el grande, es del 21%. Y este se aplica a la mayoría, a casi todo. Desde la ropa que te compras, la electrónica, hasta los servicios profesionales o las telecomunicaciones. Es el tipo impositivo más común, el que más se ve, y el que, al final, genera la mayor parte de los ingresos por IVA para el Estado. Un buen pellizco.
IVA Reducido (10%)
Luego está el IVA reducido, al 10%. Este ya es para una variedad de productos y servicios que se consideran, digamos, esenciales o que tienen un interés social. ¿Qué entra aquí? Pues:
- Actividades culturales. El cine, el teatro… esas cosas.
- Transporte de viajeros y también de mercancías.
- Servicios de hostelería y restauración. Cuando sales a comer, por ejemplo.
- Obras de renovación y reparación de viviendas.
Por poner un ejemplo, cuando vas al cine o coges un autobús, el IVA que te están cobrando es del 10%. Esto ayuda, claro, a que estos servicios sean un poquito más accesibles para todos.
IVA Superreducido (4%)
Y el más bajito de todos, el tipo superreducido del 4%. Este se reserva para bienes que son, de verdad, de primera necesidad. Productos como:
- Medicamentos y otros productos farmacéuticos.
- Libros, periódicos y revistas.
- Alimentos básicos: la leche, los huevos, frutas, verduras…
La idea detrás de este tipo tan bajo es hacer que estos productos esenciales sean lo más asequibles posible. Apoyando así la salud y la educación de la gente. Tiene su lógica.
Tablas resumen con los tipos de IVA en España 2024
Para que quede más claro, unas tablas siempre ayudan.
Tabla con el Tipo General y los Tipos Reducidos
Categoría | Tipo Impositivo |
---|---|
Tipo General | 21% |
Tipos Reducidos | |
Productos utilizados habitual e idóneamente para la nutrición humana o animal | 10% |
Animales, vegetales y demás productos destinados a la obtención de productos para la nutrición humana o animal | 10% |
Bienes utilizados en actividades agrícolas, forestales o ganaderas | 10% |
Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego | 10% |
Medicamentos para uso animal | 10% |
Productos farmacéuticos de uso directo por consumidor final | 10% |
Equipos médicos, aparatos y demás instrumental diseñado para uso personal y exclusivo de personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales | 10% |
Mascarillas quirúrgicas y productos sanitarios para diagnóstico in vitro del SARS-CoV-2 | 10% |
Viviendas, garajes y anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda | 10% |
Semillas, bulbos, esquejes y otros productos vegetales usados en la obtención de flores y plantas vivas | 10% |
Flores y plantas vivas de carácter ornamental | 10% |
Entradas a teatros, conciertos, circos, festejos taurinos y demás espectáculos culturales en vivo | 10% |
Entrada a zoológicos, salas cinematográficas, exposiciones, parques de atracciones y atracciones de feria | 10% |
Entrada a bibliotecas, archivos, centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas | 10% |
Servicios de hostelería, acampamento y balneario, servicios de restaurantes y suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto | 10% |
Servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos | 10% |
Servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos | 10% |
Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte | 21% |
Servicios funerarios efectuados por empresas funerarias y cementerios | 21% |
Asistencia sanitaria, dental y curas termales no exentos | 21% |
Exposiciones y ferias de carácter comercial | 10% |
Servicios de peluquería | 21% |
Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital | 21% |
Servicios de asistencia social no exentos | 10% |
Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a productores de cine y organizadores de teatro | 10% |
Servicios de reparación de vehículos para personas con movilidad reducida y de sillas de ruedas | 4% |
Arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública | 4% |
Notas Especiales
- Del 01.01.2023 al 30.09.2024 (Ojo, que esto es temporal):
- Productos de nutrición humana o animal: 5%
- Suministro eléctrico, gas natural y combustibles naturales: 10%
- Contratos de electricidad de potencia no superior a 10kw y precio mayorista del mes anterior superior a 45€/MWh: 10%
- Contratos de electricidad cuyos titulares sean perceptores del bono social con condición de vulnerable severo: 10%
- Entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural: 10%
- Entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y madera para leña: 10%
Tabla con los Tipos Superreducidos
Categoría | Tipo Impositivo |
---|---|
Pan común, harinas panificables, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos, cereales | 0%/2% |
Libros, periódicos y revistas que no contengan principalmente publicidad | 4% |
Medicamentos de uso humano, formas galénicas, fórmulas magistrales y preparados oficiales | 4% |
Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad | 4% |
Viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública | 4% |
Compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales | 4% |
Donativos de bienes a entidades beneficiarias de mecenazgo destinados a sus fines de interés general | 0% |
Servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche, y atención residencial | 4% |
Ajustes Temporales (De nuevo, ojo a las fechas)
- Del 01.01.2023 al 30.09.2024:
- Productos de nutrición humana o animal: 5%
- Electricidad, gas natural y combustibles naturales: 10%
Para tener toda la información, la más completa y con todos los detalles, lo mejor es consultar el documento PDF que nos da la Agencia Tributaria. Ahí está todo.
Exenciones y casos especiales del IVA en España
Claro, que no todo lleva IVA. Existen ciertas exenciones y algunos casos especiales. Algunos bienes y servicios están exentos de IVA, como los servicios médicos, los educativos y los financieros. Y además, hay reglas especiales para las exportaciones. Estas están exentas de IVA, ¿para qué? Pues para fomentar que las empresas españolas sean competitivas fuera.
Por ejemplo, si vendes productos a un cliente que está en otro país de la Unión Europea, esa venta puede estar exenta de IVA. Siempre y cuando, eso sí, cumplas con ciertos requisitos de papeles y registros. No es tan simple como no cobrarlo y ya.
Historia del IVA en España
El IVA, aunque nos parezca muy moderno, tiene una historia que se remonta… ¡a las civilizaciones antiguas! En Egipto, fíjate, los gobernantes ya cobraban a sus ciudadanos por consumir ciertas cosas. Usaban escribas para recaudar, que venían a ser como los funcionarios de Hacienda de hoy.
Con el tiempo, claro, este sistema se ha ido puliendo, estructurando, hasta convertirse en el impuesto que conocemos hoy en España. Con sus diferentes tipos impositivos, adaptados a la naturaleza de cada bien y servicio.
¿Quiénes son los contribuyentes y sujetos pasivos?
En esto del IVA, hay dos figuras que son clave: el contribuyente y el sujeto pasivo. El contribuyente, fácil, es la persona que compra algo o contrata un servicio. Y por tanto, es quien paga el IVA. Por otro lado, el sujeto pasivo es el vendedor, el que da el servicio, que recibe ese pago del IVA del contribuyente y luego tiene la obligación de ingresarlo en Hacienda.
Imagina que tienes una empresa de fontanería. Haces un servicio y cobras el IVA al cliente. Ese IVA que cobras es el que se llama “IVA repercutido”. Pero, claro, cuando tú compras herramientas o alquilas el local, también pagas IVA. Ese es el “IVA soportado”. Al final del trimestre, tienes que restar el IVA que has soportado del IVA que has repercutido, y esa diferencia es la que pagas a Hacienda. Si te sale negativo, que a veces pasa, pues Hacienda te devuelve la diferencia.
Cómo se gestiona el IVA repercutido y soportado
La gestión del IVA repercutido y el soportado es… bueno, fundamental para las empresas. Cada trimestre, toca presentar una declaración de IVA. Ahí se detalla el IVA que se ha cobrado (el repercutido) y el IVA que se ha pagado (el soportado). La diferencia entre estos dos es lo que determina cuánto hay que pagar a Hacienda, o si, por el contrario, tienes derecho a que te devuelvan algo.
Pongamos un caso. Eres un autónomo, consultor. Cobras 1.000 euros por un proyecto, más 210 euros de IVA (el 21%). Pero también has gastado 200 euros en materiales, y has pagado 42 euros de IVA (al 21% también). Pues al final del trimestre, te tocará pagar a Hacienda 168 euros. Que son los 210 euros de IVA que repercutiste menos los 42 euros de IVA que soportaste.
Consejos para autónomos y empresas sobre el IVA
Para los autónomos y las pequeñas empresas, esto de gestionar el IVA puede ser un pequeño quebradero de cabeza. Así que, aquí van algunos consejillos prácticos para tenerlo todo más o menos en orden:
- Lleva registros detallados: Guarda todas, absolutamente todas, las facturas y recibos. Tanto de ingresos como de gastos.
- Usa software de contabilidad: Hay herramientas, como Quipu, que te pueden facilitar un montón el seguimiento del IVA repercutido y soportado. Te quitan trabajo.
- Consulta con un asesor fiscal: Un profesional te puede ayudar a optimizar tus declaraciones de IVA. Y, sobre todo, a asegurarte de que cumples con todas las normativas, que no son pocas.
- Planifica tus pagos: Asegúrate de tener liquidez suficiente para pagar el IVA a Hacienda cada trimestre. Así evitas posibles sanciones, que no son agradables.
Conclusión: La importancia de entender los tipos de IVA en España
En definitiva, entender los tipos de IVA en España es crucial. Para cualquiera que haga transacciones comerciales en el país. No solo porque afecta al coste de las cosas, sino porque también tiene implicaciones bien importantes para la gestión financiera de las empresas. Si conoces los diferentes tipos de IVA y cómo se aplican, tanto si eres consumidor como empresario, podrás tomar decisiones más informadas. Y más eficientes. Que de eso se trata.